Ayudas Injuve para la Creación Joven 2020

Inscripción hasta el 10 de de julio 2020

  18/06/2020

Ayudas Injuve para la Creación Joven 2015

 

 

Estas ayudas están destinadas a jóvenes creadores de un máximo de 30 o 35 años de edad (en función de la línea de actuación) para proyectos a desarrollar durante el año 2021 en ámbitos como las artes visuales, escénicas, musicales, literarias, diseño, cómic e ilustración.

BASES

DESTINATARIOS:
Pueden solicitar las ayudas personas físicas y jurídicas de nacionalidad española y todas aquellas con residencia legal en España que tengan entre 18 y 30 o 35 años de edad, según sea el objeto de la ayuda.
Cuando se trate de proyectos en los que participen más de una persona, el requisito de edad se exigirá a todos los beneficiarios. En el caso de grupos musicales y compañías de artes escénicas, el requisito de edad se exigirá tanto a la dirección artística como al cuadro de interpretación artística.
Cuando se trate de personas jurídicas, el requisito de edad se exigirá a las personas físicas que figuren como representantes en sus órganos directivos en el año de la convocatoria.

MODALIDADES Y DOTACIÓN:
Los proyectos presentados deben incluirse en una de estas cuatro líneas de actuación:
Producción de obra: realización de proyectos artísticos con libertad de formato y técnica (18 a 30 años). Hasta 5.000 euros.
Movilidad de obra producida y/o movilidad de creadores en espacios especializados, giras o residencias (excepto estudios reglados) en ámbito nacional e internacional (18 a 30 años). Hasta 5.000 euros.
Emprendimiento para la creación joven: desarrollo de proyectos de emprendimiento cultural cuya finalidad sea iniciar una actividad o mantener una de reciente creación en ámbito nacional o internacional (18 a 35 años). Hasta 10.000 euros.
Sala Amadís del Instituto de la Juventud: comisariado de exposiciones, programación talleres u otras actividades de creación emergente a desarrollar en grupo o colectivo (18 a 35 años). Hasta 7.000 euros.

INSCRIPCIÓN:
Podrá realizarse:
A través de la sede electrónica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 (Ministerio de Sanidad), en: «sede electrónica» – «registro electrónico» – «índice de formularios» – «Instituto de la Juventud» – «Ayudas Injuve para la Creación Joven» (Agrupaciones y Personas físicas y jurídicas).
A través de los modelos de solicitud que pueden descargarse en la web del INJUVE y que deben dirigirse a la Dirección General del Instituto de la Juventud por los medios que se especifican en la Resolución de esta convocatoria.

Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y las personas físicas que estén incluidas en las circunstancias indicadas en el art 14.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre están obligadas a presentar la solicitud a través de medios electrónicos, es decir, en la sede electrónica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 (Ministerio de Sanidad).
Siempre que sea posible, se recomienda firmar y presentar las solicitudes por la sede electrónica con certificado digital, DNI electrónico o cl@ve firma. Para poder firmar la documentación es necesario el uso del programa Autofirma.

PLAZO DE INSCRIPCIÓN:
Hasta el 10 de julio de 2020.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN:
www.injuve.es

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